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martes, 8 de octubre de 2019

SINTRAEMSDES MEDELLÍN, JUNTA DIRECTIVA 2019 - 2022

JUNTA DIRECTIVA SINTRAEMSDES MEDELLÍN

PRINCIPALES:

PRESIDENTE
Carlos Arturo Posada García
caliche110@yahoo.es


 VICEPRESIDENTE
000
@sintraepm.org


 TESORERO
Adrián Augusto Patiño Velásquez
apatino@sintraepm.org




 FISCAL
Diana María Molina Jiménez
dmolina@sintraepm.org


SECRETARIO GENERAL
Carlos Alberto Aguirre Gómez
caguirre@sintraepm.org




JUNTA DIRECTIVA SINTRAEMSDES MEDELLÍN
SUPLENTES:



 SECRETARIO DE SALUD OCUPACIONAL 
SEGURIDAD INDUSTRIAL
Juan Manuel Bedoya Florez
jbedoya@yahoo.es


 SECRETARIO DE EDUCACIÓN 
Y
BIENESTAR SOCIAL
Luis Aurelio Zapata Carmona
lzapata@sintraepm.org



 SECRETARIO DE PRENSA 
PROPAGANDA
Aldemar González Gómez
aldegonza1460@gmail.com




 SECRETARIO DE ASUNTOS INTERSINDICALES
000
@sintraepm.org


 SECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS
000
@sintraepm.org





SECRETARÍA DE LA MUJER
Gloria Beatriz Gómez López



COMISIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS:


 COMISIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS EPM
Jesús Alberto Álvarez Correa
jalvarez5375@gmail.com



 COMISIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS UNE
Heber de Jesús Ríos Pérez
h.rios@sintraepm.org


 COMISIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS HUAWEI
Edgar Alberto Hincapié
hincapiee68@gmail.com






 COMISIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS EPM
Pedro Alejandro Lopera Velásquez
pedrolova@hotmail.com





COMISIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS UNE 

Jorge Alberto Urrea

3008651027
jurreah@gmail.com



COMISIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS HUAWEI CARTAGENA

jueves, 26 de septiembre de 2019

¿Será coincidencia? ACOSO LABORAL EN HUAWEI


¿Será coincidencia?

La presión patronal contra el personal se ha se ha disparado en los últimos días.

RECHAZAMOS LA GUERRA DE RUMORES, 

MAL AMBIENTE LABORAL Y PRESIÓN PSICOLÓGICA

CONTRA EL PERSONAL DE HUAWEI (*)


Los afiliados confirman la presión diaria del personal directivo con dos rumores recurrentes:

RUMOR 1: La Empresa, Huawei Technologies Managed Service Colombia S.A.S está quebrada o en graves dificultades económicas. 

 Este argumento es absurdo, sobre todo porque una empresa en “quiebra” no está en capacidad de ofrecer incrementos del 30 y 40% para quienes acepten la negociación del “retiro voluntario”.

RUMOR 2: El Ministerio de Trabajo, muy pronto, emitirá la autorizará a la empresa a realizar los despidos que ha solicitado. / La empresa no tiene, hasta ahora, autorización firmada, del Ministerio de Trabajo o de alguna autoridad que regule las relaciones laborales. 

Con malas artes, la empresa sigue llamando su planta de personal para que acepten el chantaje y opten por el “Retiro voluntario”. 

Denunciamos el constreñimiento a la libertad de los trabajadores y llamamos a los compañeros a contrastar la información que reciben de los jefes de personal, lo cual, evidentemente trasgrede las normas de salud en el trabajo y está generando RIESGOS PSICOCIALES en el TRABAJO, sobre lo cual, se va a proceder a ampliar y complementar las denuncias respectivas ante las autoridades administrativas, como el Ministerio de Trabajo y ante la ARL COLMENA que es donde la empresa tiene afiliados a los trabajadores por riesgos laborales.

(*): Huawei Technologies Managed Service Colombia S.A.S

SINTRAEMSDES EN PIE DE LUCHA POR LA DEFENSA DE LA ESTABILIDAD LABORAL EN HUAWEI

miércoles, 25 de septiembre de 2019

SINTRAEMSDES SIEMPRE DEL LADO DE LOS USUARIOS

23 sept 2019 
Sintraemsdes Nacional 

El principal sindicato de servicios públicos domiciliarios del país, SINTRAEMSDES celebra la decisión de la Superintendencia de Servicio Públicos que impuso sanciones por valor de $5.728.733 en el 2014, en la mayoría de los casos por fallas en la prestación del servicio, a las empresas de servicios públicos: Aseo del Norte S.A., Empresa Industrial y Comercial de Santa Lucía y Empresa de Aguas de Barrancabermeja S.A.

El mayor porcentaje de sanciones se registró entre los prestadores de acueducto, alcantarillado y aseo, por fallas en la prestación del servicio de acueducto, suministro de agua no apta para consumo humano, incumplimiento de las especificaciones técnicas para la actividad de disposición final de residuos sólidos, al igual que para la actividad de recolección y transporte.

En el caso de la energía y gas, las causas de las multas a las empresas Electrificadora del Caribe, Empresa de Energía de Pereira, Empresa Distribuidora del Pacífico, Ruitoque, Empresa de Energía del Putumayo, Empresa de Energía de Cundinamarca y Empresa de Energía del Bajo Putumayo, fueron las violaciones al régimen normativo y regulatorio, incumplimiento en obligaciones del prestador y falta de calidad en la información reportada al Sistema Único de Información (SUI).

Mientras que para las empresas de gas natural Promotora de Servicios Públicos, Gas Natural del Oriente, Gas Natural, Gases del Llano, Promesa y Surtidora de Gas del Caribe, la Superintendencia impuso sanciones por violaciones al régimen tarifario, no aplicación de las tarifas de acuerdo a la estratificación socioeconómica, incumplimiento al código de distribución del gas combustible por redes y a las normas técnicas y de seguridad.

En cuanto al servicio de gas licuado de petróleo (GLP), las sanciones fueron motivadas por falta de oportunidad en el envío de la información al Sistema Único de Información (SUI) y por incumplimiento a las normas de distribución y comercialización. Fueron sancionadas Inversiones GLP, Provigas y Gas and Oil Engineering.

Por otra parte, la Superservicios le respondió favorablemente a una usuaria del servicio de energía frente a un recurso de reposición presentado por la señora Ligia Terán, que reclamaba la reliquidación de la factura tras considerar cobros exagerados por parte de la Empresa de Energía del Casanare, respuesta que da la razón a los planteamientos de SINTRAEMSDES en cuanto a que estas empresas hacen uso de alzas injustificadas bajo el pretexto de las consecuencias del fenómeno del niño.

Desde SINTRAEMSDES instamos a que la Superservicios de más respuestas favorables a los usuarios, que, a través de derechos de petición, consideran excesivos los cobros por la prestación del servicio.

El sindicato acompaña y hará seguimiento del reporte de los planes de emergencia y contingencia en el Sistema Único de Información de las entidades, con el que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios mediante la Circular 20151000000024 del pasado 3 de junio, advierte que el plan de emergencia y contingencia adoptado por cada prestador deberá considerar las medidas necesarias para adaptarse a las condiciones específicas del sistema de prestación; y responder a las condiciones físicas, técnicas, operacionales institucionales, económicas y ambientales de su entorno. Así mismo, los prestadores deberán mantener actualizados los planes, según las exigencias fácticas y las evaluaciones internas que se realicen del mismo.

miércoles, 11 de septiembre de 2019

VI FORO DEL AGUA, BOGOTÁ, 11 AL 13 DE SEPTIEMBRE


SESIÓN INAUGURAL

VIDEO EN YOUTUBE
https://youtu.be/RiEzp8aI4qQ



VIDEO DE LA USO SOBRE EL FRACKING EN YOUTUBE
https://youtu.be/uDspa99J2bU



SEGUNDO VIDEO SOBRE EL FRACKING EN YOUTUBE
https://youtu.be/mCXL2zMo0IM

TERCER VIDEO SOBRE EL FRACKING EN YOUTUBE
https://youtu.be/unUx6OCyo0E




Acto inaugural


"Destacamos la iniciativa de los trabajadores de asumir los retos de defender la degradación de la tierra que se da por las empresas, OCDE y gobiernos"
SINTREMSDES, DIRECTIVA NACIONAL

INTERVENCIÓN DE CARLOS ARTURO POSADA GARCÍA
SINTRAEMSDES MEDELLÍN

Carlos Posada presidente @SintraemsdesMe en el último día del VI Foro Agua, Ambiente y Servicios Públicos
sintraemsdesnacional
@sintraemsdesna1



CARAVANA CONTRA LOS IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS MULTINACIONALES


UNDÉCIMA CARAVANA
11 DE SEPTIEMBRE DE 2019

EMPRESAS, ENTIDADES Y  MULTINACIONALES CITADAS EN LA CARAVANA, POR SUS MALAS PRÁCTICAS LABORALES, AMBIENTALES Y AGRESIONES CONTRA LA POBLACIÓN Y EL MEDIO AMBIENTE:

Alcaldía de Medellín, Bonem, Coca Cola, Continental Gold, Groupe Lactalis,  G4S, Holasa, Hospital General de Medellín, Huawei,  Leonisa,  Parmalat, Peldar,  Schindler, Prodenvases, Sodexo, 
Philip Morris, UNE - Millicom... 


SINTRAEMSDES MEDELLÍN PRESENTE



Frente al Ministerio de Trabajo
Se criticó al actual gobierno, a la Ministra de Trabajo por la "Circular 49" y la parcialidad antiobrera al procesar las demandas que se presentan ante el Ministerio. 

Recordamos ante la oficina regional que el señor Nicolás del Valle Berrío es el Director Territorial de Antioquia (Ministerio de Trabajo). Debería declararse impedido para proceder en los conflictos laborales, dado que su hermano, Gabriel Del Valle Berrío, fue asesor de la parte patronal en la negociación de la Convención Colectiva de UNE.  


 ACOMPAÑA A LA CARAVANA 
EL RECHAZO A LA CIRCULAR 049 
DEL MINISTERIO DE TRABAJO



Rechazo a la privatización de los servicios de Telefonía

Denuncia contra 
CONTINENTAL GOLD 
y sus malas prácticas en 
BURITICÁ, Antioquia.



Avenida La Playa x Avenida Oriental

Frente a la Cámara de Comercio de Medellín



Agitación y denuncia en El Poblado

Frente al Hotel San Fermando Plaza

RECORDAMOS QUE CON ESTA EMPRESA HUBO UNA MAL LLAMADA SUSTITUCIÓN PATRONAL EN CABEZA DEL SEÑOR MARCELO CATALDO. 

601 trabajadores fueron trasladados de UNE a HUAWEI y los trabajadores que fueron sometidos a esta sustitución están siendo despedidos de manera sistemática. Ésta pérdida laboral fue avalada por el Concejo de Medellín mediante el NEGOCIO UNE - Millicom.

Rechazamos la petición de HUAWEI al Ministerio de Trabajo para despedir a 291 trabajadores.

A su vez la empresa genera mal ambiente laboral montando múltiples procesos disciplinarios.

Igualmente la empresa pone impedimentos para las citas médicas y odontológicas a los trabajadores, hecho que violenta la Convención Colectiva de Trabajo. 

Si usted es víctima, como consumidor o trabajador, de una multinacional o de empresas nacionales que tengan vínculos con empresas multinacionales, puede escribir al correo 
cosemcut@gmail.com

martes, 10 de septiembre de 2019

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL DE SINTRAEMSDES: RESOLUCIÓN NÚMERO 235



CONTRA LA SUPLANTACIÓN PARCIAL 
DE LA JUNTA DIRECTIVA 
EN LA SUBDIRECTIVA MEDELLIN




 JUNTA DIRECTIVA NACIONAL DEL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, LAS COMUNICACIONES, LA TELEVISIÓN, LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS, LOS INSTITUTOS DESCENTRALIZADOS Y TERRITORIALES DE COLOMBIA “SINTRAEMSDES”

CONSIDERANDO:

1. Que ante el registro de forma fraudulenta donde se hace cambio parcial de la Junta Directiva de SINTRAEMSDES Subdirectiva Medellín, removiendo la actual fiscal a la vicepresidencia y el vicepresidente al cargo de fiscal, realizado el día veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve (2019).

2. Que el día veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), fue suplantada la Junta Directiva de SINTRAEMSDES Subdirectiva Medellín por personas ajenas a la organización sindical y algunos miembros de Junta Directiva actuando de forma delictiva y dolosa, al desconocer la norma estatutaria y legal que rige para las organizaciones sindicales de trabajadores.

3. Que el día veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), se violentó el Estatuto de SINTRAEMSDES en sus Artículos 7 Deberes y Obligaciones del Afiliado, numerales 1, 2; Articulo 11. Sesiones y Funciones Junta Directiva Nacional, numeral 18; Articulo 14. Sesiones y Funciones de la Junta Directiva de Subdirectivas y Comités, numeral 10; Articulo 29. Elección de Junta Directiva en las Subdirectivas.

4. Que el día veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), los afiliados, delegados y miembros de Junta Directiva de la Subdirectiva Medellín y Junta Nacional, que depositaron ante el Ministerio del Trabajo, el cambio parcial de la Junta Directiva de la Subdirectiva Medellín, sin el cumplimiento de la norma Estatutaria, incurrieron en las siguientes faltas determinadas en el Estatuto Vigente, Articulo 49. Faltas, Sanciones y Revocatoria del Mandato, numerales 4, 9, 13 y 19.

5. Que de conformidad con los numerales anteriores, los organismos de dirección competentes del Sindicato emprenderán las acciones pertinentes para restablecer el orden institucional violentado y proceder legalmente contra los impostores y disciplinariamente contra afiliados, delegados seccionales, nacionales, así como, con los Directivos de la Subdirectiva y la Junta Nacional.

6. Que esta Resolución cuenta con el respaldo de las mayorías de la Subdirectiva Medellín y la Junta Nacional respectivamente, y de conformidad con el orden estatutario,

RESUELVE:

1. Certificar y acreditar ante las autoridades competentes, las empresas y la base sindical, a la Compañera DIANA MARÍA MOLINA JIMENEZ, como Fiscal de la Junta Directiva de SINTRAEMSDES Subdirectiva Medellín, respetando el orden estatutario y como en efecto fue electa correspondiéndole la dignidad de Fiscal, tal cual, consta en los documentos electorales del día dieciséis (16) de octubre del año dos mil dieciocho (2018).

2. Oficiar al Ministerio de Trabajo y a las direcciones de las Empresa donde tienen competencia la Subdirectiva Medellín, dejando claro que la Junta Directiva de SINTRAEMSDES Subdirectiva Medellín fue asaltada y suplantada por el señor Néstor Darío Monsalve y Luis Carlos Cala. Ratificando que la Fiscal de la Subdirectiva Medellín es la compañera DIANA MARIA MOLINA JIMENEZ, como en efecto lo certifica la Junta Directiva Nacional.

3. Iniciar las acciones legales contra los impostores y disciplinariamente contra los directivos y delegados seccionales, nacionales y afiliados, que intervinieron en este hecho delictivo y doloso.

4. Oficiar al Fiscal Nacional para que inicien y concluyan de forma oportuna los procesos disciplinarios a que haya lugar, como lo faculta el Estatuto, para restablecer la institucionalidad en el marco de la ley y el Estatuto vigente, dado que está comprometida e impedida la Fiscal de la Subdirectiva, para actuar en este proceso.

La presente Resolución, se expide en la ciudad de Bogotá, a los diez (10) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve (2019).



1 de mayo de 2022 marcha

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