CONTRA LA SUPLANTACIÓN PARCIAL
DE LA JUNTA DIRECTIVA
EN LA SUBDIRECTIVA MEDELLIN
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL DEL
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS, LAS
TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, LAS COMUNICACIONES, LA TELEVISIÓN, LAS
CORPORACIONES AUTÓNOMAS, LOS INSTITUTOS DESCENTRALIZADOS Y TERRITORIALES DE
COLOMBIA “SINTRAEMSDES”
CONSIDERANDO:
1. Que ante el registro de forma fraudulenta donde se hace cambio
parcial de la Junta Directiva de SINTRAEMSDES Subdirectiva Medellín, removiendo
la actual fiscal a la vicepresidencia y el vicepresidente al cargo de fiscal,
realizado el día veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve (2019).
2. Que el día veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve
(2019), fue suplantada la Junta Directiva de SINTRAEMSDES Subdirectiva Medellín
por personas ajenas a la organización sindical y algunos miembros de Junta
Directiva actuando de forma delictiva y dolosa, al desconocer la norma
estatutaria y legal que rige para las organizaciones sindicales de
trabajadores.
3. Que el día veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve
(2019), se violentó el Estatuto de SINTRAEMSDES en sus Artículos 7 Deberes y
Obligaciones del Afiliado, numerales 1, 2; Articulo 11. Sesiones y Funciones
Junta Directiva Nacional, numeral 18; Articulo 14. Sesiones y Funciones de la
Junta Directiva de Subdirectivas y Comités, numeral 10; Articulo 29. Elección
de Junta Directiva en las Subdirectivas.
4. Que el día veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve
(2019), los afiliados, delegados y miembros de Junta Directiva de la
Subdirectiva Medellín y Junta Nacional, que depositaron ante el Ministerio del
Trabajo, el cambio parcial de la Junta Directiva de la Subdirectiva Medellín,
sin el cumplimiento de la norma Estatutaria, incurrieron en las siguientes
faltas determinadas en el Estatuto Vigente, Articulo 49. Faltas, Sanciones y
Revocatoria del Mandato, numerales 4, 9, 13 y 19.
5. Que de conformidad con los numerales anteriores, los organismos de
dirección competentes del Sindicato emprenderán las acciones pertinentes para
restablecer el orden institucional violentado y proceder legalmente contra los
impostores y disciplinariamente contra afiliados, delegados seccionales, nacionales,
así como, con los Directivos de la Subdirectiva y la Junta Nacional.
6. Que esta Resolución cuenta con el respaldo de las mayorías de la
Subdirectiva Medellín y la Junta Nacional respectivamente, y de conformidad con
el orden estatutario,
RESUELVE:
1. Certificar y acreditar ante las autoridades competentes, las empresas
y la base sindical, a la Compañera DIANA MARÍA MOLINA JIMENEZ, como
Fiscal de la Junta Directiva de SINTRAEMSDES Subdirectiva Medellín, respetando
el orden estatutario y como en efecto fue electa correspondiéndole la dignidad
de Fiscal, tal cual, consta en los documentos electorales del día dieciséis
(16) de octubre del año dos mil dieciocho (2018).
2. Oficiar al Ministerio de Trabajo y a las direcciones de las Empresa
donde tienen competencia la Subdirectiva Medellín, dejando claro que la Junta
Directiva de SINTRAEMSDES Subdirectiva Medellín fue asaltada y suplantada por
el señor Néstor Darío Monsalve y Luis Carlos Cala. Ratificando que la Fiscal de
la Subdirectiva Medellín es la compañera DIANA MARIA MOLINA JIMENEZ, como en
efecto lo certifica la Junta Directiva Nacional.
3. Iniciar las acciones legales contra los impostores y
disciplinariamente contra los directivos y delegados seccionales, nacionales y
afiliados, que intervinieron en este hecho delictivo y doloso.
4. Oficiar al Fiscal Nacional para que inicien y concluyan de forma
oportuna los procesos disciplinarios a que haya lugar, como lo faculta el
Estatuto, para restablecer la institucionalidad en el marco de la ley y el
Estatuto vigente, dado que está comprometida e impedida la Fiscal de la
Subdirectiva, para actuar en este proceso.
La presente Resolución, se expide en la ciudad de
Bogotá, a los diez (10) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve (2019).