miércoles, 25 de septiembre de 2019

SINTRAEMSDES SIEMPRE DEL LADO DE LOS USUARIOS

23 sept 2019 
Sintraemsdes Nacional 

El principal sindicato de servicios públicos domiciliarios del país, SINTRAEMSDES celebra la decisión de la Superintendencia de Servicio Públicos que impuso sanciones por valor de $5.728.733 en el 2014, en la mayoría de los casos por fallas en la prestación del servicio, a las empresas de servicios públicos: Aseo del Norte S.A., Empresa Industrial y Comercial de Santa Lucía y Empresa de Aguas de Barrancabermeja S.A.

El mayor porcentaje de sanciones se registró entre los prestadores de acueducto, alcantarillado y aseo, por fallas en la prestación del servicio de acueducto, suministro de agua no apta para consumo humano, incumplimiento de las especificaciones técnicas para la actividad de disposición final de residuos sólidos, al igual que para la actividad de recolección y transporte.

En el caso de la energía y gas, las causas de las multas a las empresas Electrificadora del Caribe, Empresa de Energía de Pereira, Empresa Distribuidora del Pacífico, Ruitoque, Empresa de Energía del Putumayo, Empresa de Energía de Cundinamarca y Empresa de Energía del Bajo Putumayo, fueron las violaciones al régimen normativo y regulatorio, incumplimiento en obligaciones del prestador y falta de calidad en la información reportada al Sistema Único de Información (SUI).

Mientras que para las empresas de gas natural Promotora de Servicios Públicos, Gas Natural del Oriente, Gas Natural, Gases del Llano, Promesa y Surtidora de Gas del Caribe, la Superintendencia impuso sanciones por violaciones al régimen tarifario, no aplicación de las tarifas de acuerdo a la estratificación socioeconómica, incumplimiento al código de distribución del gas combustible por redes y a las normas técnicas y de seguridad.

En cuanto al servicio de gas licuado de petróleo (GLP), las sanciones fueron motivadas por falta de oportunidad en el envío de la información al Sistema Único de Información (SUI) y por incumplimiento a las normas de distribución y comercialización. Fueron sancionadas Inversiones GLP, Provigas y Gas and Oil Engineering.

Por otra parte, la Superservicios le respondió favorablemente a una usuaria del servicio de energía frente a un recurso de reposición presentado por la señora Ligia Terán, que reclamaba la reliquidación de la factura tras considerar cobros exagerados por parte de la Empresa de Energía del Casanare, respuesta que da la razón a los planteamientos de SINTRAEMSDES en cuanto a que estas empresas hacen uso de alzas injustificadas bajo el pretexto de las consecuencias del fenómeno del niño.

Desde SINTRAEMSDES instamos a que la Superservicios de más respuestas favorables a los usuarios, que, a través de derechos de petición, consideran excesivos los cobros por la prestación del servicio.

El sindicato acompaña y hará seguimiento del reporte de los planes de emergencia y contingencia en el Sistema Único de Información de las entidades, con el que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios mediante la Circular 20151000000024 del pasado 3 de junio, advierte que el plan de emergencia y contingencia adoptado por cada prestador deberá considerar las medidas necesarias para adaptarse a las condiciones específicas del sistema de prestación; y responder a las condiciones físicas, técnicas, operacionales institucionales, económicas y ambientales de su entorno. Así mismo, los prestadores deberán mantener actualizados los planes, según las exigencias fácticas y las evaluaciones internas que se realicen del mismo.

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