ENTORNO SINTRAEMSDES
miércoles, 11 de agosto de 2021
SINTRAEMSDES Medellín. Concejales prometieron transparencia y hacen lo c...
martes, 10 de agosto de 2021
Sesión Plenaria 312 Agosto 10 de 2021 / Privatización de UNE
lunes, 9 de agosto de 2021
Sesión Plenaria Concejo de Medellín, 311 Agosto 09 de 2021 PdeA 65, UNE
jueves, 5 de agosto de 2021
ECO Sindical 58 - Julio 2021 Debate [Propuesta de la Gobernación]
La Gobernación de Antioquia le ha propuesto al municipio de Medellín y a EPM, venderle el 52,88% de las acciones que esta posee en la sociedad Hidroituango, de tal manera que el 100% de la hidroeléctrica quede de propiedad de EPM.
Como contraprestación, la gobernación entraría a ser socio de EPM, la propuesta se traduce en ceder los derechos que tiene la gobernación en Hidroituango, para cambiarlos por una participación accionaria en el conglomerado EPM.
El tema no es novedoso al interior del Concejo de Medellín, ni de la Asamblea Departamental: en épocas pasadas han sido parte de las discusiones e intereses de sectores políticos y, por supuesto, de los industriales del departamento que siempre han visto a EPM, como una fuente de recursos, habida cuenta de los jugosos recursos que genera la continua contratación de servicios y obras que en ella se genera.
El surgimiento de la actual composición accionaria de Hidroituango, fue el resultado de una toma hostil, por parte del Departamento de Antioquia, que si bien fue legal, no fue ética,
mucho menos en franca lid en materia del mercado de capitales, situación que no se puede olvidar en relación a la propuesta que hoy se realiza, pues tener un socio en estas condiciones no es para estar tranquilos, teniendo presente que los cambios políticos en la Asamblea Departamental de Antioquia cada que se dan procesos electorales, serán una incertidumbre, una amenaza continua. En cualquier momento la Asamblea puede ceder o vender su participación a un privado, es abrir una puerta a la privatización de la entidad.
La propuesta obliga a trasformar la Empresa Industrial y Comercial del Estado (EICE), a empresa por acciones, valorar las obras en la actualidad y las aún por ejecutar, la magnitud de los daños por reparar, la casa de máquinas sector 5 a 8 y por supuesto ante la incertidumbre la prueba de la presa a su máximo nivel y el cierre definitivo del túnel, además de las demandas, incluyendo la de la Sociedad Hidroituango a EPM, las multas actuales de la CREG y las que puedan darse si hay incumplimientos futuros y las condiciones adicionales que pueda considerar el ANLA en materia de licencias.
Entendemos los anhelos del Departamento de Antioquia, la necesidad de otras fuentes permanentes de recursos fijos, diferentes a las provenientes del licor y los juegos, reconociendo que el agua que utiliza EPM, principal insumo para la producción de energía, proviene de los municipios, los cuales reciben unas regalías.
Hay varias y diversas inquietudes abiertas y hasta que no se cierren, no es factible concretar acertadamente una salida, habida cuenta que hay que analizar desde el inicio y de las circunstancias que se han dado, sino también de lo que podría ser su futuro, el cual aún es incierto.
Otros activos internacionales como Antofagasta y Bonyic, de los cuales no se recibe lo esperado, por no decir que dan perdidas, deberían ser enajenados y con lo obtenido, comprar la parte privada, así hacerla totalmente pública.
En principio, desde Sintraemsdes, conscientes de que aún no están agotados y concretos todos los elementos y factores que pueden alterar el análisis, conscientes que es el Concejo de la ciudad quien toma la decisión, no estaremos de acuerdo con tal propuesta.
ECO SINDICAL 58 - Julio de 2021 / Salud [Pandemia]
ECO Sindical 58 - Julio de 2021 Lucha Sindical [Huawei]
Con agrado recibimos el pasado viernes 11 de junio de 2021, la notificación de la resolución 1261 del 10 de junio de 2021, expedida por el Ministerio del Trabajo y seguridad social, por medio de la cual se derogó la resolución 4684 del 6 de noviembre de 2019 que había autorizado el despido de 61 trabajadores, y que hacía tránsito en este ente gubernamental a la altura de resolver las apelaciones interpuestas por las partes que interveníamos en este litigio, la cual finiquita el litigio que sosteníamos los trabajadores, con la empresa HUAWEI, que pretendió desde noviembre de 2018 despedir inicialmente 289 trabajadores, al establecer en su parte resolutiva que no proceden los derechos de apelación contra la presente, es decir ya es Cosa Juzgada.
Fue duro para todos los trabajadores, para nuestra organización sindical el calvario al que nos vimos sometidos durante más de dos años, tiempo en el cual intervinimos las organizaciones sindicales y algunos trabajadores que se hicieron parte en la causa objeto del proceso.
Acertamos desde un principio el haber ubicado los intereses que tenía el Ministerio de Trabajo - Regional Antioquia, que no
garantizaba una correcta defensa de nuestros trabajadores, que no daba confianza al observar sus actuaciones parcializadas en diferentes litigios.
En esta Dirección Territorial, el director tiene parentesco sanguíneo de primer grado con personal vinculado a la compañía UNE, compañía contratante de Huawei que le impiden a esta dirección parcialidad en asunto jurídicos, inducían a esta seccional a tomar decisiones de fondo en favor de Huawei, por encima de los argumentos legítimos de los trabajadores y sus organizaciones sindicales cuando presentamos nuestra solicitud del trámite de poder preferente, que conllevó a que el proceso fuera asumido por la Unidad de Investigaciones Especiales del Ministerio en Bogotá.
A la par del anterior trámite, muchos de los trabajadores fueron sometidos a prácticas de acoso laboral, procesos disciplinarios, producto de la perversa, cruel e inhumana táctica laboral empresarial que, bajo el argumento de una difícil situación financiera, afirma que “es necesario reducir costos”. Táctica que conllevó al despido de varios trabajadores, incluidos algunos directivos sindicales, procesos
disciplinarios en los cuales se les acusó de faltas que desde nuestra óptica no eran causales de despido, pero que culminaron de manera unilateral con el despido o sanción de varios trabajadores. Algunos de los sometidos a procesos disciplinarios fueron exonerados de cualquier responsabilidad, como el caso de compañeros que inicialmente fueron despedidos. Se aplicó una política laboral de persecución, anulación e intimidación que llevan los empresarios de esta multinacional en su ADN y que persiste aún como manera de ejercer la conducción de las actividades empresariales, una conducción de la empresa que se ejerce sobre el sometimiento de los trabajadores a condiciones antisindicales, basadas en la intimidación, violación a la Convención colectiva e incluso de medidas de bioseguridad.
El ofrecimiento o chantaje con la política de planes de retiro voluntario, acoso laboral, y persecución, fue y sigue siendo una constante que aún persiste como estrategia empresarial, la reducción de más del 50% de la planta de personal así lo indica en estos 5 años últimos, ofrecimiento del que un buen número de trabajadores se vieron obligados, al no observar posibilidades de triunfo ante las presiones constantes de una dirección inhumana que los confinó, impidiéndoles incluso poder interactuar o discutir sobre su propio futuro de manera colectiva, que los obligó incluso a realizar funciones degradantes en su calidad de profesionales.
Muchos elementos intervinieron en esta decisión final en la cual se deroga la resolución que daba pie para el despido de 61 trabajadores: de un lado la firme resistencia de un grueso de trabajadores que no conciben ni aceptan los planes de retiro voluntario, fracasando así las pretensiones de Huawei. De otro lado, los argumentos planteados por las organizaciones sindicales que vieron un proceso lleno de errores al no practicarse pruebas exigidas y que eran conducentes a la defensa de los trabajadores.
Sin embargo, fuimos invitados por la dirección de la compañía a solicitar el aplazamiento de la ejecución de la resolución de despido al Ministerio de Trabajo, donde los sindicatos elaboráramos de manera conjunta un comunicado en dicha dirección. Fue una manera subliminal que comprometía a nuestra organización sindical en particular, tomamos la decisión de no hacerlo y, por el contrario, fuimos del criterio que tal situación la generó la entidad y que en ese mismo sentido esperaríamos el fallo de nuestras impugnaciones. Mucho menos realizaríamos comunicados conjuntos con otras organizaciones sindicales, habida cuenta del argumento y expresión en la misma reunión, donde una de ellas estuvo de acuerdo con redactar el comunicado.
Argumentaban, que era mejor “un buen acuerdo que un despido colectivo”, que era mejor “salir bien liquidados, con un buen arreglo que no despedidos con una indemnización mínima”. Desde nuestra óptica era una forma de respaldar el retiro voluntario, más cuando se atrevieron a planteárselo a algunos trabajadores posteriormente, tratando de quebrantar la orientación de nuestro sindicato, una manera practica de ejercer paralelismo sindical.
Nuestra postura siempre fue férrea al indicar que NO compartimos desde ninguna óptica el retiro voluntario, mucho menos firmar conjuntamente con el patrón este tipo de solicitudes. Las exigencias económicas que se impusieron a Huawei como medida para el despido de los 61 trabajadores, de manera perentoria en la resolución no estaban a su alcance para poderlas cumplir. La patronal, ante esta imposibilidad debió, unilateralmente, retirar su solicitud de despido, sin colaboración o sumisión de los sindicatos.
Seguimos en alerta, considerando que la intensión del empresario chino sigue intacta, lo cual nos lleva a doblar esfuerzos en la defensa de nuestros trabajadores sindicalizados y no sindicalizados en Sintraemsdes. Nos estimula para seguir en la defensa, el haber logrado la medida revocatoria.
miércoles, 4 de agosto de 2021
ECO Sindical 58 - Defensa de lo público: Acciones de UNE.
ECO 58 - Julio de 2021 / Lucha sindical [Convención EPM]
1 de mayo de 2022 marcha
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